En tren de violar derechos

Días pasados, recibí en mi casilla de correo una carta del ministro Florencio Randazzo promocionando una aplicación para ver en tiempo real los arribos de los trenes en las distintas estaciones y, de paso, autohalagándose por las mejoras introducidas “por decisión de nuestra Presidenta”. No se trataba de un anuncio institucional sino personal.

Más allá de lo interesante que pueda resultar la novedad que, por otra parte, ya conocía, me intrigó saber cómo era que el ministro Randazzo, que además de ministro es precandidato a la presidencia de la Nación, tenía mi mail personal. La respuesta me llegó vía Twitter. Muchos más -¿ciento de miles, tal vez?- habían recibido la misma carta. El común denominador de todos era que habíamos dejado nuestro mail personal en algunos de los tantos trámites que se hacen para renovar algún documento de identidad.

Las mejoras introducidas en la renovación del DNI y el Pasaporte por parte del gobierno nacional, y del ministro Florencio Randazzo en particular, deben ser uno de los pocos temas que generan la aprobación unánime de todo el arco político y de la ciudadanía en general.

Al momento de hacer el trámite miles de argentinos tenemos que dejar un mail e incluso un celular de contacto para que se nos informe sobre el trámite. Ese es el fin primario y único. En vez de asegurarnos que sea así, el Ministro se cree con derecho a usar nuestra información personal para hacer proselitismo, utilizando además recursos públicos que solventamos con nuestros impuestos.

De esta manera, viola información que está protegida por la ley 25.326 de Protección de Datos Personales, que, en su artículo 5.1 establece que “el tratamiento de datos personales es ilícito cuando el titular no hubiera prestado su consentimiento libre, expreso e informado”.

Se podrá alegar que el Ministro está cumpliendo con su derecho/obligación de dar publicidad a los actos de gobierno. No es así. Tiene muchos medios a su alcance para cumplir con esta tarea. De hecho, yo me había enterado de la existencia de esta aplicación por los medios de comunicación (oficialista y opositores).

Por otra parte, ese ejercicio debe compatibilizarse con otros tres derechos igual de valiosos. Uno es el que mencionamos. Otro tiene que ver con el derecho de quienes compiten con el Ministro en la carrera por la presidencia de la Nación –tanto hacia el interior de la fuerza de gobierno como por fuera- de tener una competencia justa y equilibrada, garantizando la neutralidad de las agencias estatales en la promoción de uno u otro candidato.

Este último punto es crucial en vísperas de una frondosa y costosa campaña electoral. Mientras las agrupaciones políticas tienen fuertes restricciones para contratar avisos electorales, el gobierno, en cambio, podrá hacer uso de sus millonarios fondos en materia de publicidad oficial para canalizar sus mensajes prácticamente sin límites.

El tercer derecho lesionado tiene que ver con el derecho del ciudadano a tener información equilibrada de todos los candidatos.

Conocida es la reticencia del gobierno nacional en sancionar una ley que ponga límites a estos abusos. Si bien existen numerosos antecedentes judiciales tanto de la Cámara Electoral nacional como de la Corte Suprema exhortando al Congreso a dictar esta norma, su éxito ha sido nulo.

Como señaló el filósofo norteamericano John H. Ely, “es una función apropiada de los Tribunales mantener los mecanismos del gobierno democrático funcionando como deberían, para asegurar que los canales de participación política y comunicación se mantengan abiertos”. En este estado de cosas inconstitucional, es hora que los partidos políticos perjudicados se unan en un reclamo común y los Tribunales asuman una posición proactiva, disponiendo límites a la polución de publicidad oficial que se utiliza con fines propagandísticos, durante las campañas electorales.